[11 de octubre de 2011] La reforma del Código Urbano impulsada en las últimas semanas por el Ejecutivo municipal y, aprobada en un polémico contexto por el Concejo Deliberante, ha generado en la sociedad opiniones encontradas. El hecho de que, la reforma de este Código y su posterior aplicación para el loteo de terrenos contiguos al matadero, sea propuesta en el medio de un escenario electoral, ha despertado todo tipo de sospechas y dudas respecto a la legitimidad que, todos esos procedimientos, poseen en origen.
EL 9 DE JULIO dialogó, acerca de esta temática de candente actualidad, con el contador Miguel Mingote, de amplia experiencia en la gestión pública, quien ejerciera por espacio de dieciséis años el cargo de Secretario de Hacienda de la Municipalidad de 9 de Julio. A lo largo de la entrevista, Mingote expuso varios conceptos esclarecedores, echando luz en torno al tema.
– ¿En qué consiste y cómo se elaboró el Código de Gestión Urbana y Ambiental?
– Es un contrato social aprobado en 1999, surgido de un proceso de planificación estratégica participativa. Colegios profesionales, sociedades de fomento, vecinos, comerciantes, industriales, funcionarios y docentes universitarios, sobre la base de un diagnóstico de los principales problemas urbanos, de un análisis de las tendencias de crecimiento y de una estrategia de desarrollo a futuro, acordaron los principios que deben cumplir y exigir a terceros los gobiernos municipales, para que las generaciones actuales y futuras disfruten de una ciudad democrática.El espíritu del Código es dinámico, y promueve un desarrollo urbano armónico, que incremente la tendencia a la equidad y al equilibrio, que consolide e integre espacios, que mejore rasgos ambientales, complete los servicios, y priorice la cohesión social y la convivencia de las actividades que se ejecuten en la ciudad.
– Según su apreciación, ¿cómo se debería modificar y actualizar la norma?
– El Código lo establece. Cuando las decisiones tienen que ver con cambios de zona, de indicadores urbanos y/o de destino del suelo, y luego de imprescindibles participaciones y consensos, el anteproyecto debería ser remitido por el Departamento Ejecutivo (Intendente) a los organismos provinciales pertinentes. Estos lo evalúan en relación al: Decreto 8912 y normas concordantes, al impacto ambiental, al eje de crecimiento previsto y a la justificación del cambio. Con los dictámenes, el expediente regresa al DE para que elabore el proyecto de ordenanza. Cuando el HCD lo aprueba, el trámite retorna al circuito indicado, y de tener favorable decisión, llega a la firma del Gobernador. A partir de allí, el cambio consensuado en la ordenanza tiene fuerza de ley, y genera obligaciones legales.
– ¿Qué ocurrió en el caso del inmueble del ex matadero municipal?
– Todos los actores sociales que intervinieron en la confección del Código, acordaron en 1999 que las actividades ejecutadas en el matadero, debían ser removidas, para recuperar el inmueble municipal y sumarlo a la estrategia de crecimiento urbano. Los concejales coincidieron en la oportunidad, cuando el nivel de faena era casi inexistente, sin peligrar el abasto local. Pero para desafectar el inmueble, el DE no cumplió los procedimientos señalados. Además, para desafectar una Zona de Uso Específico, el Código señala: «Toda modificación … de instalaciones o actividades que se prevea, deberá ser puesta a consideración de la Autoridad de Aplicación, quien la evaluará según el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental», lo cual tampoco se acompañó cuando se trató la iniciativa.
– ¿La modificación del Código, posibilita el loteo del predio del antiguo matadero?
– La iniciativa votada es una expresión de deseos para ganar adhesión electoral, engañando la buena fe de quienes se inscriben como potenciales adjudicatarios de lotes inexistentes. No es creíble que alguien los ofrezca a días de un acto electoral, siendo que la misma persona reconoció que en seis años, nunca los priorizó.
– ¿Qué riesgos puede generar, construir viviendas en el sector del ex matadero?
– Los riesgos se asocian a cuestiones medio ambientales, que tienen que ver con recuperar el suelo contaminado, analizar la molestia y nocividad por la cercanía del autódromo y de la zona industrial y, considerar la aptitud hídrica y la dotación de servicios e infraestructura. Sin dudas, se agravaría el crecimiento armónico y la consolidación urbana. El daño irreversible sería vulnerar el desarrollo turístico y la sucesión de espacios verdes comunitarios de la Ciudad, a lo largo del eje: Avenida Agustín Álvarez, Acceso Walter Anca, Aeroclub.