La Municipalidad de Nueve de Julio recordó que se encuentra vigente la Ordenanza Nro. 5758/2016, a través de la cual quedan debidamente reglamentados los aspectos que hacen a la fabricación, comercialización, depósito y uso de artículos de pirotecnia en todo el distrito, medida que apunta a proteger la salud de los vecinos y las mascotas.
«Celebremos estas fiestas libres de pirotecnia», es el mensaje de la Municipalidad de 9 de Julio.
LOS ALCANCES DE LA PROHIBICION
Desde la Dirección de Actividades Económicas y la Subsecretaría de Seguridad de la Municipalidad de Nueve de Julio, se recuerda que se halla en plena vigencia la Ordenanza Municipal 5758/16 que prohíbe la comercialización, fabricación, depósito y el uso de artículos de pirotecnia en todo el partido, conforme lo establece el artículo 2 de la misma, lo cual prevé sanciones de entre 10 y 100 módulos, y clausura de local comercial o depósito.