[8 de julio de 2010] Por medio de la presente pretendo no hacer oídos sordos ante un tema candente por estos días, como es el impulso que se está dando, tanto desde el Gobierno como por parte de organizaciones interesadas, a la reforma de la institución del MATRIMONIO, planteándolo como “delicado” y “discriminatorio”.
Por ello pretendo dejar mi punto de vista al respecto, partiendo de la base que se trata de un tema “delicado” y “no discriminatorio”, y trataré de fijar el verdadero eje que se merece.-
Para entrar en el mismo vale hacer algunas aclaraciones.
En primer lugar cabe señalar, muy a pesar de lo que muchos creen, y me incluyo, que la palabra matrimonio no tiene origen eclesial o religioso. Su origen reside en el derecho romano, y la figura del MATRI-MONIUM es la que refleja el derecho que adquiere una mujer para ser madre. El Cristianismo incorpora la expresión dándole santidad, estableciendo al matrimonio el carácter sacramental, y considera la relación natural HOMBRE-MUJER dentro del matrimonio, y podría decir a modo de síntesis, como el ámbito para que puedan procrear y formar una familia. En mi opinión agregaría que es la base indiscutida de la familia.-
En segundo lugar traeré una definición de FAMILIA: es una entidad viviente donde una persona nace, crece, se reproduce y muere; es decir es un núcleo primario natural dónde se desarrolla la persona, tanto en lo biológico, en lo económico como en lo social y cultural.-
Hechas estas aclaraciones o definiciones, no quedan dudas que MATRIMONIO y FAMILIA han tenido desde siempre una estrecha relación, y son términos utilizados por el lenguaje que expresan una verdad ontoló- gica, significando desde siempre la unión entre hombre y mujer para dar origen a la entidad viviente que es la familia, de la misma manera como se refleja en nosotros la palabra árbol, sol, auto, mesa, silla, etc.-
El nuevo significado que se pretende instalar de la palabra “Matrimonio” altera ese significado natural al que me refería, pretendiendo utilizar esta institución como válidamente extensiva para la unión de personas de un mismo sexo. Y va más allá, ya que quienes pensamos distinto o pretendemos preservar las instituciones tal cual naturalmente han sido pensadas desde siempre corremos el riesgo de ser considerados “discrimi- nadores”, “autoritarios”, etc. etc., todos términos propios de una manipulación ideológica que intenta desvirtuar el verdadero significado de MATRIMONIO y FAMILIA, esto me lleva a pensar que se trata de un tema “delicado”, y por pretender salvar la institución del matrimonio no me considero “discriminador”.-
De hecho conozco muchas personas de distinta inclinación sexual, y tengo por ellas el mejor de los conceptos. Pero por pensar que el “matrimonio” no se puede extender a la unión de personas de un mismo sexo no soy discriminador, por el contrario, tal cual se pretende instalar el tema en los medios pareciera que los discriminados somos los que pensamos distinto.-
Creo que el debate por este tema no es una cosa menor, y deberían analizarse, especialmente, los efectos en temas vinculados directamente con la institución del matrimonio. Para ello vale recordar que el derecho natural de la procreación requiere de una mamá y un papá, es decir de una mujer y un hombre. Y los niños desde la concepción en el seno materno, tienen derecho a nacer y crecer en el ámbito natural de esa unión de una mujer y un hombre. En definitiva es el ámbito donde los niños forjan su identidad y autonomía como personas.- Pensar en el “matrimonio” como la posibilidad de la unión de personas de un mismo sexo, estira el significado original de la palabra a punto que tranquilamente pueden criar un niño personas que, por su libre elección sexual, naturalmente no podrían llegar a ser padres.-
Ahora bien, ¿qué solución tienen las personas de un mismo sexo que deseen hacer una vida en común? LA UNION CIVIL: que es una figura que tranquilamente puede ser creada para contener estos casos que existen y no se pueden desconocer ni discriminar. La Unión Civil sería el marco legal por el cual personas de un mismo sexo podrán hacer valer sus derechos sucesorios y/o a la herencia, el derecho provisional, el derecho a la asistencia social, etc., garantizando así la igualdad de derechos de orden Constitucional y de adhesión a los Tratados Internacionales.-
Y la figura de la Unión Civil nos evitaría reformar el Código Civil, y el sinnúmero de reformas que alteraría el orden que naturalmente tiene nuestro ordenamiento jurídico.
También, para el caso que prospere la reforma pretendida, cabría preguntarse que será de nuestro país con la adhesión a los Tratados Internacionales, que por el art.75 inc.22 de la Carta Magna tienen entidad Constitucional. Por ejemplo, por ley Nº23.313 (17/04/1986) del Congreso Nacional, hemos adherido al Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, que en su art.23 inc.2 de la III parte dice: “Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a formar una familia si tiene edad para ello”. También vale preguntarse que pasará con la adhesión de nuestra nación, por ley Nº23054 del 01/03/1984, al Pacto de San José de Costa Rica que en su art.17 inc.1, 2, 3, 4 y 5, se refiere a la “Protección a la Familia” y dice: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado”. “Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimo- nio…”El matrimonio no puede celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes”…. Evidentemente, de aprobarse la reforma pretendida, estaríamos frente a una norma inconstitucional.-
No quiero ahondar en más detalles ni extenderme demasiado, pero me parece que tocar derechos de fondo, que la ley positiva contempla y que tiene concordancia con el orden natural, nos puede llevar a un sinuoso camino, por medio de la manipulación ideológica de los institutos del matrimonio y familia, que difícilmente nos augure un buen futuro en el tiempo.-
Cordialmente.
Dr. ARIEL RAUL MARINI
Abogado – D.N.I.Nº:16.847.437
9 de Julio – 06/07/2010