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Nueve de Julio
lunes, noviembre 25, 2024

Tras el histórico fallo contra ABSA, se multiplican las denuncias

agua-arsenicoLA PLATA (DIB). Luego del histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de los vecinos de 9 de Julio afectados por el alto contenido de arsénico en la red de agua potable, otros distritos comenzaron a organizarse para reclamar la misma medida, que obliga a la empresa estatal ABSA a suministrar agua en bidones hasta tanto solucione el problema.
En diciembre del año pasado, el máximo tribunal del país falló en una causa iniciada por un grupo de vecinos de 9 de Julio contra ABSA por los altos niveles de arsénico en la red domiciliaria, y ordenó al juez de la causa que haga lugar al pedido de los denunciantes y obligue a la empresa a repartir agua potable en los domicilios hasta que se realicen las obras pertinentes.
En ese fallo, la Corte pidió a los jueces en general que tutelen el derecho de la población al acceso al agua potable, recurso que declaró como “un bien público fundamental para la vida y la salud”. Y pidió que se aceleren los procesos en los que se vea vulnerado el derecho al acceso al agua potable para “evitar la frustración de derechos fundamentales”.
Tras la medida judicial, habitantes de otros distritos afectados por la alta presencia de arsénico en el agua también iniciaron amparos colectivos. El impulso que dio el pronunciamiento de la Corte nacional llevó a vecinos de Alberti, Bragado, Chivilcoy, Pehuajó, Rojas y Los Toldos, entre otras comunas de la zona, a reclamar a ABSA los mismos beneficios que los usuarios de 9 de Julio.
Fernando Cabaleiro, el abogado que patrocinó a los vecinos de 9 de Julio, señaló a DIB que el fallo de la Corte animó a otras organizaciones vecinales a realizar denuncias contra ABSA y algunos municipios que tienen a su cargo el servicio, aprovechando que la disposición del máximo tribunal sienta un precedente favorable.
Es que el fallo ordenó al juzgado de Garantías N° 1 de Mercedes, que tramitó la causa 9 de Julio, a fallar a favor de los vecinos en ese y otros casos en los que la falta de acceso al agua potable vulnere sus derechos y ponga en peligro la salud. En esa línea, ratificó un fallo de primera instancia que obligaba a la empresa a distribuir bidones de agua potable a los damnificados, ampliando el beneficio a todos los habitantes del distrito.
El letrado explicó que en los casos de Alberti, Bragado y Chivilcoy ya se encuentran en sede judicial, mientras que vecinos de Pehuajó, Los Toldos y Rojas están iniciando el camino judicial.

EN 9 DE JULIO TODO SIGUE IGUAL

Pese a las repercusiones que generó el fallo, los vecinos de 9 de Julio aún no reciben el agua potable en bidones, ya que la disposición de la Corte aún no se hizo efectiva. Es que el máximo tribunal ordenó al juez de primera instancia a que accione en ese sentido, pero este aún no resolvió la cuestión. De hacerlo, deberá ordenar a ABSA que entregue de forma domiciliaria la ración diaria de agua potable para cada grupo familiar.

HISTORIA REPETIDA

Los reclamos contra ABSA no son nuevos: desde hace varios años la empresa estatal acumula sanciones en su contra por diversas irregularidades, como la presencia de arsénico o la falta de potabilidad.
En 2013, el Organismo de Control del Agua de la Provincia (Ocaba) intimó a ABSA, a dos municipios y a cooperativas locales a mejorar la calidad del servicio de agua, al detectar exceso de flúor, cloruros y arsénico en la red domiciliaria de varios distritos.
En sucesivas resoluciones, el organismo intimó a los municipios de Adolfo Gonzáles Cháves y Necochea, junto a ABSA y tres cooperativas locales, a “realizar y ejecutar todas las tareas correctivas necesarias” para adecuar la calidad “bacteriológica y físico química” del servicio.
En tanto, la Defensoría del Pueblo bonaerense indicó que el año pasado los reclamos contra ABSA encabezaron el ranking de quejas en la prestación de servicios públicos, tanto por los cortes recurrentes del servicio como por la potabilidad y la presencia de arsénico en el agua.
A raíz de esto, la Legislatura aprobó un proyecto de declaración que pide al Ejecutivo realizar un relevamiento del estado de situación. La iniciativa presentada por el legislador socialista Alfredo Lazzeretti, dispone que dicho relevamiento deberá realizarse en las localidades que cuenten con un sistema de distribución de agua por red.
La Organización Mundial de la Salud estableció como límite máximo permitido de arsénico para consumo humano el valor guía provisional de 0,01 mg/l.
Por otro lado, la ley Provincial 11.820 establece el marco regulatorio de la prestación de agua potable y, en su Anexo A, Tabla II, establece en 0,05 mg/l el límite tolerable y provisorio para el arsénico en agua de red, el cual se encuentra por encima de los límites fijados por la legislación nacional. Sin embargo, muchísimas ciudades están por encima de los niveles que establece la OMS y en algunos casos hasta superan el 0,05 mg/l.
Por caso, Cabaleiro señaló que al iniciar las causas judiciales se detectaron en 9 de Julio niveles que oscilaban entre 0,12 y el 0,19 mg/l, mientras que en Bragado alcanzaba los 0,12 mg/l y en Chivilcoy el 0,08; todos por encima del nivel recomendado.

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