La Alianza Cambiemos y el Frente Renovador prometen luchar por una reforma política para reorientar los destinos de los Municipios Bonaerenses.
Como viejo estudioso del tema, compruebo que se reclaman nuevas leyes sobre los Municipios cuando no se cumplen los mandatos de la Constitución Nacional (Art. 125 CN) sobre la autonomía de los municipios.
En la Provincia de Buenos Aires los distritos están regidos por un Decreto de Ley del año 1958, la Ley Orgánica de las Municipalidades, que si bien fue modificado muchas veces, su espíritu continua intacto.
Esta fragilidad institucional va a contramano de lo que dispone la Constitución Nacional en su artículo 123°: “Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero”.
La diferencia entre el espíritu de la C.N. y la realidad, evidencia una forma obsoleta y conservadora de comprender las relaciones de poder entre el nivel Provincial y el Local. Asimismo, atenta contra la posibilidad de que los Municipios construyan su propia ingeniería y sus propias reglas para generar desarrollo con justicia social, consolidar simbólica y material el propio Estado, y puedan resolver los principales problemas de sus ciudadanos.
La gobernadora María Eugenia Vidal acordó con el Frente Renovador que habrá una sola reelección para todos los cargos electivos. El límite a la reelección de los intendentes, concejales y legisladores será aprobado con o sin despacho de comisiones de la legislatura de la provincia de Buenos Aires.
El intendente de Carlos Casares, Walter Torchio, dijo que “el proyecto está bien, no debieran de ser más de dos períodos o a lo sumo tres para estar al frente del ejecutivo municipal. Debería ser igual para los diputados, senadores, concejales y consejeros escolares, para que tampoco en los cargos legislativos haya gente que se eternice en una banca”. Dijo el mandatario Casarense sin referirse al fondo del asunto.
Más polémico y cercano a la realidad constitucional fue el intendente de Pehuajó, Pablo Zurro, al considerar que «el límite de las elecciones es el pueblo, no una ley». Y añadió: «Si no, estás limitando la voluntad popular».
El Intendente radical Miguel Ángel Gargaglione (San Cayetano) se mostró en contra del proyecto, “limitar los mandatos lo decide la gente en cada elección; si nos quiere votar, nos vota y si no nos quiere votar, no”.
Los senadores oficialistas se mostraron a favor de los límites a las reelecciones, pero sostuvieron que para el caso de los legisladores es necesaria una enmienda a la Constitución de la provincia, puesto que es allí donde se regulan las características de esos mandatos. Para ello debe aprobarse una ley por dos tercios de ambas cámaras, y luego ratificarse mediante un plebiscito. Así, recién podrían ser efectivos recién en 2019.
Resulta conveniente dejar perfectamente establecido que el legislador ordinario Bonaerense no tiene competencia para dictar leyes que establezcan la organización Municipal, pues estaría limitando la autonomía institucional.
Una pretensión de este tipo –inclusive puesta al público con falso discurso autonomista- lejos está de ser un aporte a la autonomista municipal. Por el contrario, sólo significaría su flagrante aplastamiento toda vez que una norma de este tipo está reservada a la exclusiva competencia municipal, a la que corresponderá establecer las pautas materiales, las formas y procedimientos que habiliten regular lo atinente a la especie. Si la Constitución Provincial hizo silencio acerca de la garantía constitucional federal de la autonomía municipal, esa competencia que omitió ejercer el legislador constituyente de modo alguno significa o puede entenderse transferida al legislador ordinario provincial.
La Autonomía Municipal ‘’está herida y en peligro de muerte», ya que existe una crisis profunda de participación, representación y legitimidad. El nudo de dicha crisis está en la deslegitimación de los espacios institucionales, por lo que se requiere de una “pedagogía democrática”, o sea, instruir cívicamente sobre la Autonomía Municipal, en el que se eduque sobre el ejercicio del poder y los límites legislativos, para así buscar un mayor republicanismo.
Eduardo Cerdeira
DNI. 17.100.840