[21 de septiembre de 2011] El Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires presentó la Resolución 34/11 la cual recomienda al Instituto de Previsión Social (IPS) que arbitre las medidas necesarias a fin de computarle y acreditarle al Personal de Apoyo de la Comisión de Investigaciones Científicas los aportes previsionales correspondientes a los años de trabajo anteriores a la sanción de la ley 13.487 de 2006.
En la mencionada Resolución se hace referencia al reclamo efectuado por los trabajadores desde la sanción de dicha Ley, para que les sea reconocido el derecho a percibir los aportes previsionales por los años de trabajo anterior a la misma, la cual permitió el pase a planta permanente de más de 200 empleados, pero no les reconoció el derecho previsional por los años ya trabajados. Esta situación perjudica la imposibilidad de jubilarse a las personas que ya alcanzaron la edad prevista o están próximas a alcanzarla.
Es oportuno mencionar que la Ley 13.487, entre otros aspectos, rige la Carrera para el Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Provincia de Buenos Aires, siendo la Autoridad de Aplicación la Comisión de Investigaciones Científicas (C.I.C). También regula el personal comprendido, condiciones para su ingreso, categorizaciones, recategorizaciones, remuneraciones, derechos y obligaciones, causales de cese, licencias y compensaciones.