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jueves, noviembre 21, 2024

Un telegrama desde 9 de Julio: el repudio del Diputado Navello a la sanción del estado de sitio

Por Héctor José Iaconis.

En el archivo histórico de la Cámara de Diputados de la Nación, hoy accesible a la consulta de los investigadores merced a un notable trabajo de digitalización, se conserva un interesante documento: un telegrama enviado desde 9 de Julio al presidente de esa Cámara, el 17 de septiembre de 1932 (1) y cuya copia reproducimos. El mismo es remitido por el Diputado Miguel B. Navello, con un texto contundente: «Repugnando mi conciencia de ciudadano y diputado prestar concurso sanción Estado de Sitio, ruego Señor Presidente quiera excusarme Honorable Cámara faltar sesión hoy. Así mismo solicito permiso sesión lunes».

Facsímil del telegrama enviado por el Diputado Navello desde 9 de Julio (Archivo de la Cámara de Diputados de la Nación).

Miguel Navello fue una destacada figura de la historia de 9 de Julio (2), donde ejerció el periodismo, desde su tribuna en el Periódico «El Liberal». Fue, de hecho, el primer nuevejuliense en acceder a un escaño en el Congreso de la Nación, entre 1932 y 1934.

Militante activo del Partido Socialista, más tarde fue llevado también a la legislatura bonaerense.

Miguel Navello, primer diputado nacional nuevejuliense.

Ahora bien, ¿en qué contexto fue motivado el repudio expuesto por Navello en el telegrama?. Los documentos históricos, aún aquellos que puedan parecer breves o escuetos, pueden servir como medios para el conocimiento de un hecho histórico. Son herramientas de valor a la hora de estudiar los acontecimientos y sus protagonistas.

En 1932 se vivió un clima de tensión política, entre diferentes sectores que se oponían a la orientación que venía tomando el gobierno de Agustín Justo. Un contemporáneo aseguraba, a comienzos de ese año, que el país se encaminaba «por una aparente normalidad constitucional», aunque advertía que, la juventud obrera, «ya sabe lo que puede dar un militar que porta sable y no confía en el poder democrático que puedan traer las nuevas bayonetas del general Justo»(3).

«La agitación sorda -decía- se deja oír en su máxima potencia entre nuestro proletariado y las masas universitarias bullen dentro de lo que se sigue considerando como una fuerte reacción contra las conquistas democráticas…»(4).

Había, en algunos sectores, cierto descreimiento respecto a los partidos políticos opositores. El escritor Tristán Marof (seudónimo de Gustavo Adolfo Navarro) consideraba que las dos fuerzas que podían “reaccionar” contra el régimen de Justo, el socialismo y el radicalismo, no tenían “la decisión y el coraje necesarios”.

“Los socialistas –añadía- son reconocidamente oportunistas  y los radicales tardos a la acción y confucionistas. Tanto en el socialismo como en el radicalismo sus líderes son burgueses, sin gran entusiasmo para los cambios políticos y con visión limitada de las cosas” (5).

No obstante, los rumores de revueltas y rebeliones armadas circularon, en 1932, en diferentes sectores de la sociedad a punto tal que, como lo sugiere Marvin Goldwert, «las noticias de conspiración llenaron los café de Buenos Aires, y los camareros estaban casi tan informados como el régimen de Justo sobre los próximos levantamientos» (6).

En enero de 1932, los hermanos Kennedy dirigieron un movimiento en Entre Ríos (7). Poco después, el teniente coronel Atilio Cattáneo, dio forma a un plan revolucionario que debía estallar el 21 de diciembre de 1932, con una serie de acciones coordinadas en la Capital y en algunas provincias (8). Pero,  pocos días antes, el 13 de diciembre de 1932, los conspiradores hicieron estallar accidentalmente los explosivos en la ciudad de Buenos Aires, alertando a las autoridades de la situación. Para sofocar el plan revolucionario, no tardó el Gobierno en reprimir a los sublevados y en buscar implantar el estado de sitio (9).

LA APROBACION DEL ESTADO DE SITIO

Con el telegrama enviado desde 9 de Julio, el Diputado Navello, se excusó de participar de la sesión en la cual, la Legislatura, trató el otorgamiento de la autorización al Poder Ejecutivo para declarar el estado de sitio por treinta días. Desde luego, el Congreso le otorgó el consentimiento por Ley N° 11.669, sancionada el 17 de diciembre de 1932(10). El 19 de diciembre, el Gobierno decretó el estado de sitio en el territorio nacional.

Tal como lo alude el destacado jurista, en esta ocasión, el Congreso “delegó, como en los tiempos de la confederación, la declaración que de ser procedente hubiera debido ser hecha por el Congreso mismo, el cual, además,  otorgó al Poder Ejecutivo una autorización de […] prorrogar el estado de sitio por decreto durante el receso del Congreso”(11).

No hubo, en esa sesión de la Cámara de Diputados, la posibilidad de reglamentar la aplicación del estado de sitio; más aún, fue rechazado cualquier intento en ese sentido, sobre todo en lo concerniente a la detención de personas. Consecuentemente, se procedió a las detenciones de algunos referentes del radicalismo, acusados de conspirar en el plan revolucionario de diciembre. Alvear –que estaba en contra del alzamiento armado- fue desterrado a Europa, Yrigoyen fue detenido y otros dirigentes fueron enviados a Martín García (12).

Notas gráficas publicadas por la Revista «Caras y Caretas», en la edición del 24 de diciembre de 1932.

El Gobierno se apresuró a orientar  la opinión pública internacional. Muchos periódicos publicaron los cables emitidos por las agencias de noticias y otros, como en España, también difundieron un comunicado oficial emitido por el embajador, explicando el desarrollo de los hechos. El representante diplomático lo definió como un “complot revolucionario, de carácter político y procedimientos comunistas” y, subrayó, que “por enorme mayoría de ambas Cámaras se facultó al Poder Ejecutivo para decretar el estado de sitio”(13).

En enero de 1933, el Ejecutivo prorrogó el estado de sitio hasta mayo. Al levantarlo, Justo advirtió que no habían «cesado en sus actividades los grupos de personas que dentro del territorio de la República y desde países limítrofes vienen realizando por proclamas, impresos, manifiestos y llamamientos, incitaciones al alzamiento armado con desconocimiento de la Constitución, de las leyes y de las autoridades que estas crean…»(14). Esto, sin dudas, dio respaldo para que, en diciembre de 1933, nuevamente, el Poder Ejecutivo declare el estado de sitio en el país (15).

A diferencia de Navello, otros legisladores de su partido, asistieron a la sesión e hicieron escuchar su voz y su voto negativo. No sabemos y, probablemente, jamás lo sabremos, si otras motivaciones, además de las esgrimidas en el telegrama, motivaron al diputado a no asistir a las sesiones. Queda, sí, documentado para la historia, su repudio a las pretensiones del régimen.

La actitud del Congreso, en la sesión del 17 de diciembre de 1932, una vez más, puso en evidencia una falencia recurrente en diferentes momentos de la historia: la subordinación del Poder Legislativo al Ejecutivo. En definitiva, tal como lo sugiere nuestro coterráneo, el Doctor Luis A. Barry, al analizar la «decoloración y desprestigio» que ha sufrido a través de los años,  en proyección histórica, el Poder Legislativo «se ha  limitado a tratar y aprobar las propuestas del Ejecutivo, sometiéndose paulatinamente a sus directivas» (16).

NOTAS

(1) Archivo Histórico de la Cámara de Diputados de la Nación (en adelante, AHCD), Expte. N° 727, Diciembre 17 de 1932 (disponible en soporte digital).

(2) En otras ocasiones nos hemos referido al protagonismo de Miguel Navelo. Cfr. «Historia de vida. Miguel Navello», Diario EL 9 DE JULIO, 22 de mayo de 2017 (disponible en https://www.diarioel9dejulio.com.ar/noticia/79467).

(3) Carta de Ginés Peralta Serra a Manuel Ugarte, Córdoba, 22 de febrero de 1932, en GABRIELA SWIDERSKI (dir.), El epistolario de Manuel Ugarte (1896-1951), Buenos Aires, Archivo General de la Nación, 1999, pág. 105s.

(4) Ibidem, pág. 106.

(5) Carta de Tristán Mirof a Manuel Ugarte, Buenos Aires, 10 de agosto de 1932, en El epistolario de Manuel Ugarte, cit., pág. 119.

(6) MARVIN GOLDWERT, Democracy, Militarism, and Nationalism in Argentina, 1930-1966. An Interpretation,  Austin, The Institute of Latin American Studies by The University of Texas, 1972, pág. 45.

(7) Cfr. MIGUEL A. SCENNA, Los militares, Buenos Aires, Editorial de Belgrano, 1980, pág. 164.

(8) ROBERT A. POTASH, The Army & Politics in Argentina. 1928-1945. Yrigoyen to Perón,  Stanford, Stanford University Press, 1969, pág. 90s. El autor añade otros aspectos que motivaron el fracaso de la revolución: «Opposition from the Alvear wing of the party and rivalries among the military and  civilian elements pledged to take part plagued the effort, as Cattáneo`s memoires atest» (pág. 91).

(9) Una aproximación al contexto histórico y, particularmente, a los acontecimientos de 1932, puede hallarse en Enrique Zuleta Alvarez, «Los gobiernos de la Concordia» en ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA, Nueva Historia de la Nación Argentina, Buenos Aires, Planeta, 2001, tomo VII, pág. 274ss. Aquí también se brinda una interesante orientación bibliográfica (págs. 293-297). La Revista “Caras y Caretas” (año XXXV, n° 1786, Buenos Aires, 24 de diciembre de 1932 y N° 1787,  31 de diciembre de 1932) reproduce varias fotografías que refieren a los hechos del 13 de diciembre.

(10) Véase el texto de la Ley   N° 11.669 en Boletín Oficial de la República Argentina, año XL, n° 11.567, Buenos Aires, 20 de diciembre de 1932, pág. 786.

(11) JUAN CARLOS REBORA, El estado de sitio y la ley histórica del desborde institucional, La Plata, Biblioteca de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, 1935, pág. 320.

(12)  Zuleta Alvarez, loc. cit., pág. 275.

(13) «La Libertad», año XIV, n° 3981, Madrid, 22 de diciembre de 1932, pág. 4 y «La Epoca», año LXXXIV, n° 29031, Madrid, 21 de diciembre de 1932, pág. 1.

(14) Decreto del Poder Ejecutivo del 2 de mayo de 1933, en  AHCD, Expte. N° 727, 4 de mayo de 1933.

(15) Decreto del Poder Ejecutivo del 29 de diciembre de 1933, en  AHCD, Expte. N° 4, 18 de mayo de 1934.

(16) LUIS ANTONIO BARRY, Autopsia de la Moral Argentina, Buenos Aires, Prosa y Poesía Amerian Editores, 2014, pág. 69.

ANEXO DOCUMENTAL: IMÁGENES CON HISTORIA

Miguel Navello, según una caricatura de Domingo Villafañe. (Archivo de Publicaciones Periodísticas de Diario EL 9 DE JULIO).

a) Los acontecimientos según la prensa extranjera:

b) Los acontecimientos según las fotografías de «Caras y Caretas» (ediciones del 24 y del 31 de diciembre de 1932):

 

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