En nuestro país, por medio de la ley Nº 27.458 vigente desde el año 2018, se estableció el día 13 de noviembre como el “Día Nacional de la lucha contra el grooming”. En 9 de Julio la ONG «Concientizando palabras» viene realizando una interesante labor en la prevención para preservar a niños y adolescentes ante posibles actos de ciberacoso, tarea que comenzó en 2004.
Está definido como «la acción en la que una persona, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma».
CONCIENTIZANDO PALABRAS
En el marco de la Campaña, «Concientizando palabras» presentó un nuevo video haciendo hincapié en que «Hoy mas que nunca Prevenñi el Grooming», haciendo mención a la cantidad de tiempo que pasan los menores frente a las pantallas y la necesidad de hablar con ellos y aconsejarlos. La ONG local participa de las iniciativas nacionales y provinciales que avanzan en la tarea preventiva.
APROBACION DEL PROGRAMA NACIONAL
La Cámara de Diputados aprobó este jueves por unanimidad y convirtió en ley un proyecto por el cual se establece la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.
El objetivo del programa es prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del grooming o ciberacoso a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la capacitación de la comunidad.
Los objetivos del programa son generar conciencia sobre el uso responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicación; garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes frente al grooming o ciberacoso; capacitar a la comunidad educativa a los fines de concientizar sobre la problemática del grooming o ciberacoso, diseñar y desarrollar campañas de difusión; y brindar información acerca de cómo denunciar este tipo de delitos.
Además, se dispone la inclusión, como pantalla de inicio de teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, tablets, y otros dispositivos tecnológicos, la siguiente información:
a) Peligrosidad de sobreexposición en las redes de niñas, niños y adolescentes.
b) Información acerca de la existencia de delitos cibernéticos.
c) Aconsejar el rechazo de los mensajes de tipo pornográfico.
d) Advertir sobre la peligrosidad de publicar fotos propias o de amistades.
e) Recomendar la utilización de perfiles privados en las redes sociales.
f) Sugerir no aceptar en redes sociales a personas desconocidas.
g) Hacer hincapié en el derecho a la privacidad de datos y de imágenes.
h) Aconsejar el mantenimiento seguro del dispositivo electrónico y la utilización de programas para proteger el ordenador contra el software malintencionado.
i) Brindar información respecto a cómo actuar ante un delito informático.
j) Informar respecto a la importancia de conservar pruebas tales como conversaciones, mensajes, capturas de pantalla, en caso de haberse producido una situación de acoso.
k) Facilitar información acerca de dónde se deben denunciar este tipo de delitos.