El Tribunal del Trabajo condenó a la Municipalidad de Junín a pagar 100 mil pesos en concepto de daño moral, en el marco de una demanda iniciada por una empleada comunal por daños y perjuicios que perdió la gesta de un embarazo de ocho semanas al caer rodando por una escalera del edificio Siterco donde funciona Inspección General. Se trata de Rosana Beatriz Severo, con patrocinio del doctor Orlando José Muñoz Saggese.
En un extenso fallo, el Tribunal hizo lugar a la demanda y se sustenta básicamente en las pericias de la arquitecta e informes médicos sosteniendo que la pérdida del embarazo tiene relación directa con la caída. En cuanto a la perito arquitecta, establece que no solo la escalera no tiene las medidas de seguridad adecuadas, sino que además hay testimonios que indicaron que se enceraban. Pero lo más serio, es que no existe habilitación municipal del edificio. No cumple con las ordenanza locales y leyes provinciales que regulan la habilitación de inmuebles que sean alquilados por la comuna.
Allegados a la demandante consideraron que más allá de que prosperó la demanda, la pérdida de una gesta o criatura en este caso no suple el monto asignado de 100 mil pesos.
Interpretaron que no se trata de un tema de dinero, sino una cuestión que se hagan las cosas con otro tipo de responsabilidad de quienes están llamados a hacer cumplir las ordenanzas en materia de habilitaciones, lo que evitaría que ocurran hechos como lo sucedido.
En el expediente (26558), Rosana Beatriz Severo relató que comenzó a trabajar en relación de dependencia en la comuna el 16 de marzo de 2005, y le fueron asignadas tareas en Inspección General, sita en Sampayo y colectora de la avenida de Circunvalación (ex edificio Siterco), inmueble alquilado a un particular.
En cuanto a lo ocurrido, detalló que el 2 de mayo de 2008, habiendo ingresado a las 14 a prestar sus tareas habituales, al descender por la escalera desde el segundo piso hasta la planta baja se trastabilla y resbala, rodando por los escalones para culminar en el descanso del primer sector “confeccionistas”, sufriendo múltiples traumatismos en la zona abdominal y lumbar, contracciones y pérdida de sangre vaginal.
Afirmó que se encontraba embarazada de 7/8 semanas, razón por la cual fue trasladada de inmediato al consultorio médico del doctor Javier Adaro por su compañero de trabajo Marcelo Celis.
El médico constató gotitas de pérdida en la zona vaginal, manifestándole que existía serio riesgo de pérdida del embarazo, lo que ocurrió entre el 26 y el 27 de mayo en la Clínica IMEC, a consecuencia o en ocasión del accidente de trabajo que sufriera el 2 de mayo.
Por otra parte, explicó ante el Tribunal que el inmueble no posee habilitación municipal, por cuanto nunca pudo habilitarse un edificio de tres pisos con acceso de público de género femenino y masculino con un baño único en la planta baja para el personal. Lo mismo en el segundo piso y además sin ascensor.
En el fallo, la jueza Daniela De Tomaso concluye que el accidente que fuera fundamento de la acción, y que se demostrara su acaecimiento, ha sido idóneo para causar el daño a la empleada, cual fue la pérdida de su embarazo.(DIB).