Desde DEUCO de 9 de Julio (Defensa de Usuarios y Consumidores) se dio a conocer la Resolución del Oceba sobre el rechazo del Recurso de Revocatoria contra la Resolución 128 del organismo presentado por la CEYS, con respecto al cobro de Conceptos ajenos en las facturas de la CEYS, «que cumplan con la ley y facturen por separado».
Entre las consideraciones se menciona que «en las actuaciones indicadas en el Visto la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y DE SERVICIOS MARIANO MORENO LIMITADA interpuso Recurso de Revocatoria contra la RESOC-2023-128-GDEBA-OCEBA (orden 28); a través del citado acto administrativo se estableció mediante su ARTÍCULO 1°: “…Ordenar a la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y DE SERVICIOS MARIANO MORENO LIMITADA, abstenerse de incorporar los conceptos ajenos “Cuota de capitalización”, “Ordenanza Municipal Obras Públicas”, “Ambulancias”, “Sepelio” y “Nichos/Cementerio” en las facturas de energía eléctrica por no cumplimentar los recaudos establecidos en la normativa vigente. …” (orden 17)».
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Cooperativa Eléctrica y de Servicios «Mariano Moreno Limitada» contra la RESOC-2023-128-GDEBA-OCEBA, desestimándoselo asimismo como una denuncia de ilegitimidad del acto.
ARTÍCULO 2°. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Notificar a la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y DE SERVICIOS MARIANO MORENO LIMITADA. Cumplido, archivar.