La Municipalidad de 9 de Julio informó que el día 28 de octubre, el Juzgado de Garantías del Joven No 1 de la ciudad de Mercedes, a cargo del Doctor Luis Marcelo Giacoia, en autos caratulados «Jacob, Joelle María Flora y otros c/ Aguas Bonaerenses S.A. y otros s/Amparo», que tramita bajo la causa número 2071 (AM-09-000027-24/00), hizo lugar a una medida cautelar en la que, entre sus puntos, resuelve:
“c) Ordenar al Municipio de Nueve de Julio para que, en el marco de protección a la Salud Pública que pudiera encontrarse expuesta a aplicaciones terrestres de agrotóxicos y con sustento en el art. 80 de la Ordenanza nro. 7219/24 de ésa Comuna, arbitre las medidas necesarias para resguardar los Pozos de Bombeo de ABSA S.A. y de la Planta Urbana de French asentamientos, poblaciones y viviendas rurales, y emprendimientos agroecológicos, de las fumigaciones con agrotóxicos, extendiendo la DISTANCIA DE PROTECCIÓN -es decir fijando una zona de exclusión de aplicación terrestre de los productos
anunciados en el artículo 2° de dicha resolución- en 1000 (MIL) METROS desde cada uno de dichos lugares -tal como así está previsto en la norma antes mencionada para las escuelas rurales-, dentro de la cual no podrá realizarse pulverización, fumigación o aplicación alguna, de agrotóxicos.-“
De esta manera, el municipio comunica que se encuentra en conocimiento de la presente medida cautelar y las nuevas disposiciones del Poder Judicial sobre la Ordenanza 7219/24 de aplicación de fitosanitarios en la zona de French.