La Ley Fiscal Impositiva dispone en su artículo 145 que los aumentos de ABSA en el servicio no medido serán sólo por incremento en el costo por metro cúbico y no dependerá más de las variaciones en las valuaciones fiscales de los inmuebles. Tal modificación fue una iniciativa impulsada por el bloque del FAP, a partir del trabajo que el Diputado Ricardo Vago expuso en la Audiencia Pública que se efectuó en La Plata, donde se debatió sobre el aumento tarifario de la empresa prestadora del servicio de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Buenos Aires.
Sobre este tema el Ingeniero Vago declaró: “A partir de ahora quedarán fijos los consumos asignados para los actuales rangos. Desde el primero de enero, cuando aumente la valuación fiscal, no se producirá un incremento sobre ABSA. Esto beneficiaria a un 75 por ciento de los usuarios, que automática mente, año a año, debían padecer un aumento arbitrario según la normativa vigente desde el año 2008”. Sobre la modificación que desde el FAP se impulsó en la legislatura provincial en el marco del tratamiento del Presupuesto 2015, el dirigente del Partido Socialista resaltó el múltiple compromiso de sectores que denunciaron el tema: “Esto es resultado de la participación de los ciudadanos en las Audiencias Públicas, el trabajo del Dr. Francisco Pedersoli y el Concejal Emiliano Fernández, de las organizaciones de usuarios en defensa del agua y de todos los ciudadanos que difundieron una metodología ilegal de aumento tarifario que estaba vigente desde el año 2008. Hoy el compromiso es lograr agua potable, es decir sin arsénico, sin nitrato y un servicio medido para todos los usuarios”.
Por último Ricardo Vago informó: “Estamos trabajando en un proyecto de Ley que establece un plazo de dos años para instalar los medidores en toda la provincia ya que es la única forma de establecer un verdadero control por parte del usuario y terminar definitivamente con tarifas irracionales. Para esto también necesitamos el acompañamiento de los legisladores y de los usuarios. Hoy todavía a los ciudadanos bonaerenses vivimos el absurdo de una empresa que quiere aumentar la tarifa en localidades donde no provee de agua potable y eso es inadmisible”.
ARTÍCULO 145 A los efectos de la aplicación del régimen tarifario para la prestación de los servicios de provisión de agua potable y desagües cloacales, las valuaciones fiscales inmobiliarias serán las suministradas por la Dirección Provincial de Catastro Territorial. Cuando se produzcan, por disposición de la autoridad competente, modificaciones de carácter general en las valuaciones fiscales de inmuebles urbanos, la empresa prestadora del servicio público de suministro de agua potable y desagües cloacales en la provincia de Buenos Aires, deberá modificar en la misma proporción los valores límites de valuaciones fiscales inmobiliarias que determinan cada rango, a efectos de mantener la proporcionalidad entre los rangos. Para ello, la autoridad competente mencionada, proporcionará a dicha prestadora el método o coeficiente de actualización masiva de valuaciones fiscales inmobiliarias, a los efectos de aplicarlo a la modificación de los límites de valuaciones fiscales inmobiliarias de cada rango.
Para la determinación de la tasa del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales del año 2015, deberá calcularse sobre la valuación fiscal vigente en el año 2014.
Para los inmuebles que no tengan valuación inmobiliaria, el Concesionario, efectuará una valuación de oficio. En caso de existir discrepancias con el usuario, se dará intervención al OCABA.
(Nota enviada por el Grupo «Todos por el agua»)